martes, 11 de junio de 2013

Replicando a Boix: contra la condena absoluta y general del paternalismo estatal


 Mi opinión es que la medida de obligar a llevar el casco en la bici en vías urbanas no se justifica (aunque reconozco que no me he puesto a considerar el asunto con todo detenimiento). Sin embargo, mi participación en el debate quiere centrarse más en las premisas que en la conclusión, por así decirlo.
Tengo amigos en los que confío que siguen a Andrés Boix en Twitter y, por transitividad, ayer decidí  seguirlo yo también. La cosa es que me leí el texto al que se refiere su tweett (¿se escribe así?) en el que –dice Andrés- “explico porque no se puede obligar a un ciclista a llevar casco (y yo lo llevo)” y me pareció tan errado que se me quitó el sueño, sobre todo porque sabía que no podía dejar la cosa así y mira que tengo mucho trabajo ahora, pero ni hablar, no puedo, tengo que decir algo al respecto.
Espero que esto sea el comienzo de una bonita amistad, Andrés, puesto que estoy seguro de que si esos amigos en quienes tanto confío te siguen será por algo. Por el momento,  ahí va una diatriba.
Desechas que la ponderación sea el método adecuado para resolver sobre la constitucionalidad de una obligación “legal” (si fuera el caso) de llevar el casco en las bicicletas porque “hay formas más claras de entender hasta qué punto supone una intromisión ilegítima del legislador en nuestra esfera de libertad una medida así”. A tu juicio, bastaría con entender que el contenido esencial del art. 17 consiste en garantizar la “libertad de hacer lo que nos dé la gana…mientras con eso no perturbemos a los demás o invadamos facultades o esferas jurídicas a su vez protegidas o reconocidas en su favor”. Dicho de otro modo, “este precepto –afirmas- contiene una garantía última frente al paternalismo estatal”. De donde concluyes que la “prohibición del casco es inconstitucional por ir contra el art. 17 de la CE, sin necesidad de ponderación alguna”. En la línea de Stuart Mill, das por supuesto que el propio bien de los individuos nunca es una razón para una prohibición.
Reconoces que tu posición puede resultar incoherente con la casi universal aceptación de algunas prohibiciones paternalistas: como la obligación de llevar casco en vías interurbanas o de llevar cinturón de seguridad en los coches. Sin embargo, sorprendentemente, restauras la coherencia no por el lado de revisar tu posición sino por el lado de asumir que tales obligaciones tendrían que ser eliminadas. De tu texto se desprende, finalmente, que por paternalismo entiendes toda intervención en la esfera personal de libertad general de los adultos justificada por su propio bien.
A mí, tu opinión sobre este asunto, como te decía, me parece tan errada que me irrita un poco. Lo primero, es que no pareces haber reflexionado mucho sobre la relevancia jurídica de la distinción entre minoridad y mayoría de edad. Si la afirmación de la minoridad justifica intervenciones paternalistas es porque asociamos tal estado con ciertos déficit cognitivos o volitivos. De manera que toda vez que los mismos déficit pudieran presentarse en adultos deberíamos, por el principio de universalidad, considerar la posibilidad de un paternalismo justificado sobre los mismos.
En segundo lugar, creo que no has reflexionado sobre lo que está en juego: pásate por una asociación de víctimas de accidentes de tráfico y les preguntas qué les parece lo de eliminar la obligación de llevar el casco en la moto (lo siento, reconozco que este argumento es un poco duro). Por cierto, que este mismo argumento no creo que se pueda utilizar sin más ni más en relación con lo del casco en la bici, como hacen algunas interesadas aseguradoras.
En tercer lugar, creo que no estás planteando bien la cuestión: La pregunta que debemos hacernos, a mi modesto entender, es la siguiente: ¿Tiene derecho un individuo, o una minoría, a impedir la aprobación de una ley democrática por la cual una mayoría quiere protegerse a sí misma de ciertos previsibles déficit cognitivos o volitivos? Por ejemplo, una de los fundamentos más frecuentes a la detracción obligatoria de una parte de la nómina para las futuras pensiones de jubilación es contrarrestar el bien conocido déficit de la “miopía” (esto es, sobrevaloramos lo que supone una gratificación inmediata a lo que supone una gratificación postergada, aunque reconozcamos que la postergada es mejor). Sabemos que cuando tal detracción no es obligatoria, una parte muy importante de la población es pobre cuando más necesita tener asegurados unos recursos. La pregunta es ¿tiene derecho un individuo a que tal obligación sea anulada, frente a la mayoría democrática, porque viola su derecho a la “libertad general”? Si conviertes la idea de “libertad general” en sinónimo de “prohibición de paternalismo” la respuesta es afirmativa, pero a costa de dar por supuesto aquello que hay que probar. Si no quieres cometer una falacia de petición de principio deberías explicar cuál es el fundamente de tan extraordinaria fuerza y alcance del derecho a la libertad general: Me pregunto si, coherentemente, apoyas también que desaparezcan otras instituciones como las contribuciones obligatorias al seguro de salud, el salario mínimo interprofesional, las vacaciones mínimas innegociables, la obligación de receta médica para medicamentos peligrosos, la obligación de informar sobre tratamientos médicos o sobre el alcance de contratos complejos (que nos priva de la “libertad” de decidir sin informarnos), de las normas contra el intrusismo profesional (interfieren con mi libertad de juzgar por mí mismo en manos de quién me pongo)…de, como último ejemplo, la  rigidez constitucional por la que una sociedad democrática se ata a si misma a un compromiso de respeto por los derechos de las minorías.
En definitiva, das por supuesto aquello que debías probar, esto es, que la mejor interpretación constitucional del art. 17 de la CE entraña una condena general y absoluta de todo paternalismo sobre adultos. Dicha interpretación, no sólo no es coherente con un par de regulaciones que, de forma algo frívola (lo siento, de nuevo) estás dispuesto a eliminar, sino con muchísimas otras que juntas forman una estructura muy importante para la socialdemocracia. Creo que no te das cuenta del alcance que tiene el antipaternalismo estricto, que nos lanza irremediablemente en manos del neoliberalismo más radical (hablando de manos: se las frotan las empresas y los agentes privados cuando se condena tan radicalmente el paternalismo estatal, ya que desaparecido el ogro filántropico queda el terreno libre para los ogros codiciosos).
Insisto: el que se afirme que hay casos de paternalismo justificado no implica sostener que todo paternalismo estatal está justificado (esto sería tan irrazonable como la condena general y absoluta del paternalismo). Como decía al principio, el asunto de la obligación del casco en la bici me parece un caso bastante claro de paternalismo NO justificado.